sábado, 30 de enero de 2016

Información sobre la adopción en Paraguay

En España no existen datos de adopciones de menores paraguayos por parte de familias españolas, solo se conocen los menores adoptados desde Estados Unidos en el año 2011. Paraguay firmó el Convenio de La Haya en materia de adopción.

Actualmente la Ley de Adopción de Paraguay no admite solicitudes de adopciones internacionales y la familia adoptiva debe residir permanentemente en Paraguay o ser paraguaya.



QUIEN PUEDE ADOPTAR:

Los adoptantes deben tener entre 25 y 50 años de edad
Los matrimonios deben ser mixtos y con al menos 3 años de antigüedad
Se admiten solicitudes de mujeres solteras
No se admiten solicitudes de hombres solteros
No se admiten solicitudes de personas que padezcan enfermedades contagiosas o mentales

QUIEN PUEDE SER ADOPTADO:

Menores abandonados o huérfanos

PROCEDIMIENTO:

Las solicitudes deben presentarse a través de una Ecai autorizada. Es el Centro de Adopciones del Gobierno de Paraguay el que recibirá la información sobre el adoptante y el encargado de buscar a un menor para la familia adoptiva .El menor debe ser declarado en estado de adopción mediante una sentencia dictada por un Juez de la Niñez y la Adolescencia.

El Centro de Adopciones es monitoreado por el Consejo Directivo del Centro de Adopciones, el cual está integrado por un representante del Ministerio Público, del Sistema Nacional de la Infancia y Adolescencia, del Ministerio de la Mujer y de organismos no gubernamentales.

La evaluación, capacitación y valoración de idoneidad son atribuciones del Centro de Adopciones. Atendiendo al interés superior de la niña, niño y adolescente se busca la mejor familia para una niña, niño o adolescente y no una niña, niño o adolescente para una familia. Es decir, atendiendo a las necesidades del niño/a se postula a la familia que pueda dar respuesta a estas necesidades, viendo siempre las capacidades de cada postulante, la motivación y las expectativas de la niña, niño o adolescente a adoptar.



DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE DE ADOPCIÓN:
  • Carnet de identidad.
  • Certificado de nacimiento
  • Antecedentes policiale.
  • Antecedentes penales
  • Certificado de vida y residencia
  • Certificado de no poseer enfermedades infectocontagiosas, visado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Certificado de no poseer trastornos psicóticos ni deficiencia mental, visado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS).
  • Certificado laboral de ingresos
  • Para personas dependientes: Certificado de trabajo.
  • Para personas independientes: Declaración Jurada de Impuestos (I.V.A. y/o I.R.P.), presentación de los 3 últimos.
  • Certificado de no ser contribuyente.
  • Certificado de inscripción como aportante del IPS (obrero patronal)
  • Certificado de matrimonio o constancia de concubinato (de 3 años en caso de matrimonio y más de 4 años de convivencia para casos de unión de hecho).
  • Sentencia de juicio de divorcio (para personas divorciadas).
  • Sólo para extranjeros: carnet de residencia permanente (de más de 3 años) expedido por la Dirección de Migraciones y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Solo para extranjeros: certificado de antecedentes de INTERPOL
  • Foto carnet actualizada de cada adoptante

AUTORIDAD COMPETENTE:

El Centro de Adopciones tiene un Consejo Directivo integrado por:
  • Un representante del Ministerio Público
  • Un representante del  Sistema Nacional  de la Infancia y Adolescencia
  • Un representante de la Secretaría de la Mujer
  • Un representante de Organismos no gubernamentales.
Centro de Adopciones (Adoption Center) 
Avenida Mariscal Lopez 1549 c/Pitiantuta, Asunción
Teléfono: 595-21-207-160

PLAZOS:

Para concluir un expediente de adopción en Paraguay los tiempos de espera están entre los 10 meses y los dos años, desde el momento en que el menor es declarado adoptable.

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